COMUNICADO DE PRENSA7 Marzo 2008
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EL SENADO CONTAMINA LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO 169
Amnistía Internacional observa con mucho interés el acuerdo para la ratificación del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de países independientes (1989) de la OIT que el Senado aprobó el 4 de marzo, pero advierte con preocupación sobre la sugerencia hecha al Ejecutivo de incluir una “declaración interpretativa”.
Los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo no permiten la formulación de reservas, por lo que al votar la aprobación y recomendar una “declaración interpretativa” se pone a Chile en riesgo de incumplir sus obligaciones internacionales de protección de los Derechos Humanos.
La inclusión de una “declaración interpretativa” –de las varias que han sido recomendadas desde 1990- podría afectar la integridad del Convenio y limitar sus alcances e implementación.
El Ejecutivo no debe incluir una "declaración interpretativa" pues la misma podría invisibilizar los intereses los Pueblos Originarios, directamente beneficiarios de la implementación del Convenio 169 y dejaría de lado las recomendaciones diversas que tanto el Relator Especial de Naciones Unidas para los Derechos Indígenas, Amnistía Internacional y otras organizaciones han realizado a lo largo de muchos años.
“Tomando en cuenta que Chile es el único país latinoamericano que no ha ratificado éste instrumento internacional, avanzar con una decisión largamente pospuesta –sin inclusiones espurias- sería una señal efectiva del compromiso del Estado hacia los Pueblos Originarios de Chile”, dijo Sergio Laurenti , Director Ejecutivo de Amnistía Internacional - Chile
Amnistía Internacional considera de vital importancia que Chile ratifique el Convenio 169 en su integridad, sin “declaraciones interpretativas” de ninguna índole y que se tomen medidas inmediatas para su aplicación en áreas tan importantes como: administración pública, legislación, justicia, educación, seguridad social, salud, trabajo, tierras, medio ambiente, entre otras. Estas medidas permitirían desarrollar, con la participación de los Pueblos Originarios, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger sus derechos fundamentales y a garantizar el respeto a su identidad y culturas.
Información General
El Convenio 169 entró en vigencia el 27 de junio de 1989
El Convenio 169 de la OIT, adoptado en la 76ª reunión del 7 de junio de 1989, es uno de los instrumentos jurídicos internacionales más actualizados sobre reconocimiento de derechos y protección de los pueblos indígenas.
En América Latina, el texto ha sido ratificado por México, Colombia, Guatemala, Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Paraguay y Honduras. También lo han respaldado Fiji, Noruega, Dinamarca y Países Bajos, entre otros.
Chile es el único país latinoamericano que no lo ha ratificado.
El texto fue ingresado al Parlamento por el primer Gobierno de la Concertación en 1990 y había sido aprobado con una votación transversal mayoritaria el 11 de abril de 2000 por la Cámara de Diputados, por lo que sólo restaba el pronunciamiento del Senado.
Equipo de ComunicacionesAmnistía Internacional - Chilewww.amnistia.clEntérate, indígnate y actúa
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