Friday, December 28, 2007

Saludo de Fin de Año


En este 28 de diciembre, día de antiguo duelo por el crimen cometido con tantos niños santos inocentes, asesinados en la persecución del nacimiento de un niño Jesús liberador de la pobreza, de la inequidad social y del imperialismo; los saludo a todos ustedes manteniendo la fe y la esperanza de que algún día lograremos hacer realidad el sueño de que otro mundo es posible. Sigamos adelante en la búsqueda de la liberación, con la memoria de todos nuestros ejecutados políticos y detenidos desaparecidos, nonatos, niños y niñas, jóvenes, hombres y mujeres.

Y que el próximo año nos traiga la nulidad de la auto amnistía del tirano y la formación de la Asamblea Constituyente , para redactar una nueva Constitución, democrática y libre de la dictadura.


Fraternalmente

Angélica Palleras N.

Friday, December 21, 2007

Santa María de Iquique-Quinto día

Jueves 19 de diciembre,
Llega Eastman, Silva Renard y Ledesma




A las tres y media de la tarde fue la hora en que llegaron, el sol era candente y el mar estaba agitado como la esperanza de los pampinos que allí esperaban, la nave fondeó y el muelle fue rodeado por tropas protegiendo la seguridad de las autoridades que llegaban a la ciudad; asistieron más de 10.000 obreros al recibimiento del Intendente Eastman, quien antes de bajar a tierra se reunió abordo con el Intendente Interino Guzmán García, que había sostenido el conflicto hasta la llegada de él, la autoridad titular. Era el tiempo de la decisión final para los trabajadores y aquella estaba en manos de esas autoridades que llegaban, ellos traían el destino de esa gran masa, de la huelga y de las vidas. Se dice que la multitud estaba inquieta por la demora del Intendente en bajar a tierra, hasta que luego de media hora de reunión, el buque lanzó tres cañonazos a modo de despedida de su distinguido pasajero, el que se dirigía al muelle transportado en una lancha con una bandera chilena que flameaba con el aire marino. Al descender, caminó con su cuerpo erguido y con ademanes de aristócrata saludó a quienes lo esperaban, tomó la ruta que le trazaron las tropas que le presentaron armas y se
dirigió a la Intendencia, caminando bajo el sol y los saludos de la multitud que lo vivaban con esperanzado entusiasmo.



Fragmento de "Santa María de Iquique Memoria Histórica de un Pueblo Masacrado"

Autora: Angélica Palleras



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Santa María de Iquique-Cuarto día

Miércoles 18 de diciembre,
Comité de Huelga Pampa-Iquique




El día miércoles 18 se adhieren muchos más trabajadores al movimiento, todas las oficinas de Huara estaban en huelga y desde los cerros bajó una nueva columna hasta la ciudad, con más de 1.000 trabajadores que venían de Huara , Pozo Almonte y Lagunas. Marcharon directamente hasta la Plaza Prat y luego se dirigieron al albergue de los huelguistas en la Escuela Santa María.
Las crónicas, dicen, que ese día se adhirieron a la huelga los trabajadores de Calzados Fardella mientras llegaban trabajadores de todas partes de la región y entre tantas otras reuniones realizadas en un extraordinario ambiente de entusiasmo y efervescencia popular, se realizó un importante mitin de solidaridad con los huelguistas en la carpa circense ubicada en la Plaza Montt, frente a la Escuela Santa María, de propiedad del ciudadano peruano Juan Sobarán y allí se acordó fortalecer la directiva única con representantes de los gremios de la ciudad, la gente de mar, fábricas, talleres, y todos los cantones de la pampa salitrera, los que se unieron a la directiva de Brigg y se trasladaron de inmediato a la Escuela Santa María, configurando un Directorio oficial de la Huelga General denominado “Comité Central Pampa-Iquique”, consolidando de esta manera la unión en una directiva que adoptó un primer acuerdo y comunicado de acciones inmediatas:

Comunicado Público
Comité Central Pampa-Iquique

El Comité Central Pampa -Iquique considera traidor a la clase obrera a todo ciudadano que bebiese licor o que no denunciase a los establecimientos que infringieren esta disposición.

Hasta nuevo aviso, se acuerda no celebrar comicios ni manifestaciones públicas para evitar que elementos malsanos, al servicio de las salitreras y autoridades, provoquen o simulen una acción violenta que comprometa a la causa obrera.


Envío de una nota a todas las sociedades obreras con o sin personalidad jurídica, comunicándoles que sus presidentes quedan considerados como miembros de la asamblea; asimismo, se elimina a los jóvenes que, por su imposibilidad o escaso criterio, puedan comprometer el prestigio del movimiento


Los huelguistas estaban muy bien organizados para enfrentar el orden interno que requería tal inmensidad de gente que significaba el apoyo de los gremios paralizados en la ciudad y la pampa. Por ejemplo, si alguien tenía que circular existiendo dudas de que fuera rompe huelga o infiltrado, lo hacían con tarjetas de autorización del Comité de Huelga, tales como una firmada por Brigg que decía: ”Por disposición del Directorio de este Comité el coche Nº 63 puede traficar libremente por las calles de la población por estar a disposición de nuestra causa.”. Se disipaban, así, cualquier duda de ser rompe huelga o infiltrado. Transcurrió ese día miércoles, con el desarrollo del gran apoyo que a cada momento se acrecentaba a favor de la Huelga General, anunciando que en Negreiros se había realizado un mitin mientras esperaban el tren para bajar y llegaban nuevas concentraciones de trabajadores, los que hacían mítines en las calles y sedes gremiales, en tanto el Comité de Huelga constituyó desde la azotea de la Escuela Santa María una serie de comités denominados:


· Comités de Vigilancia
· Comités de Aseo
· Comités de Víveres
· Comités de Orden



Fragmento de Sta María de Iquique Memoria Histórica de un Pueblo Masacrado

Autora: Angélica Palleras

Santa María de Iquique-Tercer día

Martes 17 de diciembre,
la llegada de nuevas fuerzas



En la mañana del martes 17 se vio descender de los cerros una nueva gran columna de hombres, mujeres y niños, con carteles de las oficinas Carmen Bajo, Buen Retiro, Cala-Cala, La Palma, Peña Chica, Kerina y San José. Se cuenta que a los hombres que tenían temores, eran atrapados por las mujeres pampinas y les bajaban en público los pantalones. Más de 6.000 obreros se reunieron esa tarde de martes en la plaza Prat, chilenos, peruanos, bolivianos y argentinos, todos unidos por un mismo petitorio. El mitin concluyó con una marcha a la Intendencia donde los recibió el Intendente y les habló desde el balcón. Pero de nada servían ya las palabras y las promesas, la historia tenía que cambiar en ese momento para los trabajadores y sus peticiones tenían que ser concedidas porque de eso dependía la vida y la mínima felicidad de cada uno de ellos: Los que seguían llegando momento a momento y repletaban las calles de Iquique. Más tarde, un nuevo convoy llegó con más de 1.200 trabajadores provenientes de Lagunas, la pampa se despoblaba para estar presente en Iquique, todos querían participar en la Huelga General, en la prensa local del día siguiente se leyó: “Se hicieron discursos encaminados todos a defender los derechos de los obreros y fueron escuchados en medio de atronadores aplausos”.

Fragmento de Santa María de Iquique Memoria Histórica de un Pueblo Masacrado.

Autora: Angélica Palleras



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Sunday, December 16, 2007

Santa María de Iquique-Segundo día



Lunes 16 de diciembre
Día del Memorial o Petitorio de la Huelga General

Transcurrido ese segundo día de llegadas de obreros a la ciudad, los registros históricos indican que al día siguiente, lunes 16, los huelguistas presentaron a las autoridades sus demandas en un Memorial:

  • Aceptar que mientras se supriman las fichas y se emita dinero sencillo cada Oficina representada y suscrita por su Gerente respectivo reciba las de otra Oficina y de ella misma a la par, pagando una multa de $ 50.000, siempre que se niegue a recibir las fichas a la par.

  • Pago de los jornales a razón de un cambio fijo de 18 peniques.

  • Libertad de comercio en la Oficina en forma amplia y absoluta.

  • Cierre general con reja de fierro de todos los cachuchos y chulladores de las Oficinas Salitreras, so pena de pagar de 5 a 10.000 pesos de indemnización a cada obrero que se malogre a consecuencia de no haberse cumplido esta obligación.

  • En cada oficina habrá una balanza y una vara al lado afuera de la pulpería y tienda para confrontar pesos y medidas.

  • Conceder local gratuito para fundar escuelas nocturnas para obreros, siempre que algunos de ellos lo pida con tal objeto.

  • Que el Administrador no pueda hacer arrojar a la rampla el caliche decomisado y aprovecharlo después en los cachuchos.

  • Que el Administrador ni ningún empleado de la Oficina pueda despedir a los obreros que han tomado parte en el presente movimiento, ni a los jefes, sin un desahucio de 2 a 3 meses, o una indemnización en cambio de 300 a 500 pesos.

  • Que en el futuro sea obligatorio para obreros y patrones un desahucio de 15 días cuando se ponga término al contrato.


Este acuerdo una vez aceptado se reducirá a escritura pública y será firmado por los patrones y por los representantes que designen los obreros.



Se dice que ese lunes, temprano en la mañana, las autoridades destinaron un rancho diario para los huelguistas, compuesto de desayuno, almuerzo y comida y a partir de ese momento se comienzan a realizar las innumerables conversaciones con los sectores que representaban los intereses patronales, especialmente con las autoridades locales y representantes del Gobierno de la República, los que a su vez y en forma independiente se reunían con los salitreros y portavoces de la aristocracia de la ciudad, para quienes la situación era amenazante, puesto que sus intereses privados se veían en riesgo con tanta gente pobre por las calles, era una muchedumbre venida de todas partes de la pampa en busca de sus derechos y esto inquietaba profundamente al vecindario de alto nivel social que los veía como rotos o peonada conflictiva, por lo que se cerró el comercio y los domicilios particulares, muchas de estas personas viajaron a Arica para protegerse y otros se refugiaron en los buques de la Armada. Respondiendo a esta preocupación, el Gobierno de Montt envió a través de su jefe de gabinete, Rafael Sotomayor, un segundo radiograma que ordenaba: “Para adoptar medidas preventivas, proceda como en estado de sitio. Avise inmediatamente oficinas, prohibición gente bajar a Iquique. Despache fuerza indispensable para impedir que lleguen, usando todos los medios para conseguirlo. Fuerza pública debe hacer respetar orden cueste lo que cueste. Esmeralda va en camino y se alistan más tropas”.


Nuestra memoria histórica personal que cubre el transcurso de nuestras vidas, nos recuerda momentos como los vividos en ese instante en Iquique, cuando el Estado y sus poderes responden rápida y eficientemente a las peticiones de los empresarios chilenos e inversionistas extranjeros y no a las nuestras que son de un derecho tan básico como es tener un sueldo digno de acuerdo al costo de la vida, para terminar con la inequidad histórica de contribuir con nuestro hambre a las crisis económicas y al desarrollo del país.


La historia de Iquique cuenta que ese lunes se unieron a los huelguistas acantonados en Iquique mil quinientos pampinos más, procedentes de la Oficina Lagunas y mil trescientos de la Oficina San Donato. Además, como adhesión al movimiento de los pampinos pararon sus actividades más sectores obreros de la ciudad, aparecieron entonces más patrullas militares circulando por las calles sin registrarse detenidos por ningún tipo de desórdenes.

(fragmento de Santa María de Iquique Memoria Histórica de un Pueblo Masacrado)

Angélica Palleras


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Saturday, December 15, 2007

Escuela Santa María de Iquique-Primer día


Domingo 15 de diciembre
Día de la llegada de la Gran Marcha


La memoria colectiva cuenta que ese domingo fue un día de sol radiante y amaneció con un sonido lejano que anunciaba la llegada de los huelguistas a una ciudad que los esperaba, sabiendo que la huelga había comenzado el día 9 en la oficina San Lorenzo, por un aumento de salarios conforme al alza del costo de la vida y por el término de los abusos inhumanos que se cometían en contra de los trabajadores; que habían salido desde allí marchando hasta la oficina Santa Lucía, que había parado sus faenas y se había unido a la marcha para luego seguir a La Perla, donde también se habían acoplado los trabajadores y luego se había unido la oficina San Agustín y la Esmeralda. Sabían todos los iquiqueños, los patrones y las autoridades, que venían agitando banderas y llamando de oficina en oficina. Sabían que venía una inmensa e interminable columna de gente y que era el momento de cambiar la historia de los pobres.

A los trabajadores de la pampa, la verdad, la justicia y la memoria histórica les indicaban que había pasado 17 años desde la primera gran huelga y el petitorio era el mismo, además el sistema social, político y económico impuesto por los dueños del capital se había consolidado. Pasado ese tiempo, veían que tampoco había cambiado su condición de extrema pobreza, que contrastaba claramente con las grandes fortunas y enriquecimiento de los empresarios que imponían un sistema esclavista admitido y apoyado por el Estado chileno. Sin embargo, la respuesta que los trabajadores habían resuelto dar al sistema opresivo que ya no soportaban, había cambiado. De tal forma que desde esa rebelión espontánea de 1980 a 1907 los dirigentes de todas las oficinas que se conocían entre sí, estaban preparados para resistir en forma pacífica, así el día anterior, 14 de diciembre, nuevas oficinas habían parado las faenas y organizadamente se reunían en diversos puntos de la red ferroviaria para comenzar el lento movimiento a Iquique, con el objetivo principal de que sus dirigentes trataran sus demandas con las autoridades y empresarios salitreros, nuevo método de lucha que obedecía al deseo de ser escuchados correctamente al exponer sus aspiraciones, basadas en el derecho de liberarse del sistema impuesto que desde un principio pagó los salarios con fichas que sólo eran canjeables en las pulperías del respectivo campamento salitrero, tiendas que pertenecían al mismo dueño de la salitrera o bien a un concesionario que les cancelaba a ellos un porcentaje sobre las ventas. Los empresarios salitreros obligaban a los trabajadores a gastar todo su sueldo en sus pulperías, de tal forma que las mercaderías que no eran adquiridas en ellas eran declaradas contrabando y los guardias privados o serenos de la empresa allanaban las casas en busca de ese contrabando.
Para mayores utilidades de los industriales, las mercaderías vendidas en las pulperías eran caras, de mala calidad y menoscabadas en su peso. Bajo ese régimen administrativo su política comercial prohibía el ingreso de comerciantes ambulantes, supuestamente por temor a la venta indiscriminada de bebidas alcohólicas, siendo que en las pulperías expendían toda clase de bebidas alcohólicas, sin tasa ni medida.
Las jornadas de trabajo sobrepasaban las 10 horas, se ocupaba trabajo de niños, se expulsaba arbitrariamente al trabajador y a su familia de la oficina y del campamento, sin pago de indemnización alguna por ser supuestamente elemento pernicioso, se cancelaba masiva o parcialmente a los trabajadores sin aviso previo ni indemnización; en cambio, el obrero tenía que dar el aviso de retiro con 15 días de anticipación y en caso contrario se le retenía el alcance del jornal ganado a la fecha y el monto de dinero depositado como garantía por el deterioro o pérdida de herramientas, el obrero debía responder por las herramientas a su cargo, pero la empresa no se responsabilizaba por los accidentes del trabajo, los obreros sufrían castigos corporales impuestos por los salitreros que consistía en azotes y exposición por días al sol, inmovilizados por un armado de madera llamado cepo, mal estado de los campamentos, deplorable estado de las habitaciones obreras sin baños o letrinas, desconocimiento de las organizaciones obreras como interlocutores válidos entre los trabajadores y los patrones y expulsión de los que se postulaban como representantes de los trabajadores
Siendo estas las opresiones que hicieron estallar el acto espontáneo de rebeldía en 1890, en 1907 eran las acciones directas y las huelgas los caminos más rápidos para liberarse y obtener respuesta a sus demandas, convicción que llevó a los trabajadores a la confección de un petitorio en el Cantón de San Antonio en esta Segunda Gran Huelga, donde se habían reunido momentáneamente los caminantes creyendo que el Intendente subiría hasta allí a solucionar el conflicto y en vista de que no llegó, siguieron marchando con su acuerdo, para entregarlo al gobierno regional y que este los apoyara en sus peticiones, mínimas en humanidad y en derechos humanos:
1. El pago del jornal al cambio de 18 peniques por peso y cambio de fichas a la par.
2. Eliminación del sistema de fichas.
3. Libre comercio al interior de las oficinas.
4. Cubrir los cachuchos para prevenir accidentes.
5. Balanza y vara para verificar los pesos y medidas en las salidas de las pulperías.
6. La prohibición de arrojar a la rampla el caliche sin antes pagarlo
7. La permanencia en sus puestos de trabajo a los que han participado en la huelga o indemnización entre 300 y 500 pesos en caso de despido.
8. Indemnización de 10 a 16 días de sueldo en caso de despido.


Venía una gran cantidad de pampinos provenientes del Cantón de Alto San Antonio. Carteles con los nombres de la oficina, Jaspampa, San Jorge, Carmen Bajo, San Donato, San Lorenzo, Santa Lucía, Gloria, San Agustín, Iquique, Perla, Esmeralda, banderas chilenas, argentinas, peruanas, bolivianas y el pabellón de los veteranos de la guerra de 1979, los que aparecieron sobre los cerros y descendieron a Iquique. Ellos habían acordado que la ciudad sería el centro de reunión de todos los huelguistas que bajaran a pie y en los convoyes del ferrocarril salitrero que los trabajadores habían puesto en marcha desde Agua Santa, recorriendo las oficinas Carmen, Irene, La Valparaíso, Primitiva, Tres Marías, Silvia, Tránsito y Barcelona; más los del Cantón Negreiros, recorriendo las oficinas Putunchara, Abra, Democracia, Salvadora, Aurora, Progreso, Amelia, Mercedes, Dieper y Josefina, los que bajaron a pesar de que las administraciones habían cerrado las pulperías para privar a los trabajadores abastecerse de alimentos y agua para el camino. Ese domingo era un día distinto a todos los vividos en la ciudad y la huelga también; los iquiqueños tenían memoria histórica de grandes movimientos y veían a simple vista que este era mayor. Superior a la primera huelga organizada por la Mancomunal de Iquique en 1900, cuando los palanqueros del Ferrocarril Salitrero, con los jornaleros marítimos y los lancheros paralizaron y se negaron a reanudar sus labores y las autoridades trajeron desde el sur a 500 obreros rompehuelgas en el vapor Tarapacá, alojándolos en el barrio del Morro. Esta gran marcha de obreros de ese domingo era algo distinto porque llegaban seguros de lograr el petitorio y porque venían mujeres y niños.

Con una trayectoria de lucha que venía desde 1886, los gremios del puerto esperaban organizadamente la marcha, representados por sus dirigentes:

Gremio de Panaderos
Ricardo Benavides.
Abdón Espejo

Gremio de Carpinteros
Pedro Pavés
Rodolfo Fernecien

Centro de Estudio Social Redención
Manuel Aguirre
Carlos Segundo Ríos

Gremio de Jornaleros
Francisco Monterreal

Gremio de Pintores
Luis Ayala


Gremio de Lancheros
Eduardo Jofré

Gremio de Albañiles
Juan de Dios Castro

Gremio de Gasfiteros
Don Rosario Solís

Gremio de Carreteros
Abel Cueto

Gremio de Maestranza
Miguel Segundo Silva
Arturo Espinosa
Armando Tucas

Gremio de Abasteros
Agustín Muñoz

Gremio de Sastres
Francisco Sánchez

Gremio de Cargadores
Ventura Ortiz

Como en el mejor de los domingos el mar les daba la bienvenida con su brisa de siete y media de la mañana, a la que se sumaba el solidario recibimiento de los gremios, con un encuentro que parecía más una fiesta que una paralización de faenas.


En la intemporalidad de nuestra memoria, aquel día fue uno de esos que iluminamos el futuro con una promesa de multitud que será escuchada, por eso es que los trabajadores luego de haberse instalado en la Escuela Santa María y ante una ciudad expectante, constituyeron el Comité de Huelga con Delegados :

Presidente : José Briggs
Vicepresidentes : Manuel Altamirano
Luis Olea Castillo
Tesorero : José Santos Morales
Secretario : Nicanor Rodríguez
Pro-secretario : Ladislao Córdova
Delegados:
Oficina San Lorenzo: Francisco Ruiz
Oficina Santa Lucía : Don Rosario Calderón
Oficina San Agustín: Roberto Montero
Oficina Esmeralda : Juan de Dios González
Oficina La Perla : A. Meléndez
Oficina Santa Clara : Pedro Sotomayor
Oficina Santa Ana : Samuel Toro
Oficina Cataluña : José Paz
Oficina Argentina : Luís Córdova
Oficina Palmira : Evaristo Pereda
Oficina San Pedro : Félix Paiva
Oficina San Enrique: José M. Cáceres
Oficina Cholita : Arturo Tapia
Oficina Sebastopol : Manuel Quiroz
Oficina San Pablo : Ladislao Córdova
Oficina Cóndor : José Montenegro
Oficina Pirineos : Germán Gómez
Pozo Almonte : Pedro Aranda
Oficina Buen Retiro : Ignacio Morandé
Oficina Carmen Bajo: Ramón Fernández
Oficina San José : Julio Irigoyen



Y de este Comité de Huelga surgía el


Primer Instructivo Obrero

1. Asociarse a los del gremio.
2. No traicionar a los compañeros.
3. Ser activo y consciente.
4. Concurrir a asambleas y conferencias.
5. No dejarse explotar.
6. Estudiar libros y periódicos obreros
7. Dejar las tabernas y prostíbulos.
8. Revelarse contra los verdugos.
9. Atraer a los indiferentes.
10. Instruir a sus hijos
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Angélica Palleras N.






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Thursday, December 13, 2007

Primer Congreso Nacional de DD.HH. Conclusiones y Declaración

Santiago de Chile, 10 de diciembre de 2007.

A todos y todas los chilenos y chilenas,
A todos los pueblos de Chile,
A la comunidad internacional:

A un año de la muerte del dictador Augusto Pinochet Ugarte, autor de las mayores atrocidades y atropellos a los Derechos Humanos en Chile, las organizaciones sociales, políticas y de derechos humanos reunidas en el Primer Congreso Nacional de Derechos Humanos entre los días 7, 8, 9 y 10 de diciembre de 2007, en las aulas de la Universidad de Santiago de Chile, ex Universidad Técnica del Estado, hemos sentado las bases de la Plataforma de Derechos Humanos que guiara nuestras luchas en el siglo XXI.

El Congreso Nacional de Derechos Humanos congregó a 350 representantes del país; de los cuales 140 correspondieron a regiones y pueblos de Chile; 10 delegados provenientes de Suecia, Alemania, Francia, Austria y Australia, los que participaron en representación de los chilenos en el exterior; y 200 delegados de la región Metropolitana.

Por primera vez se integraron públicamente en el debate social, las distintas dimensiones de los derechos humanos: civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y de los pueblos.

El Congreso nacional de Derechos Humanos después de realizar un diagnóstico acerca del estado de la situación actual de los derechos humanos en el país llegó a la conclusión que:

- 17 años de políticas públicas impulsadas y ejecutadas bajo los principios del neoliberalismo han dado como resultado un aumento de la desigualdad e inseguridad del respeto a los derechos elementales que garanticen el desarrollo pleno de las personas en Chile, durante todo el ciclo de su vida.

- El Estado de Chile es estructuralmente violento en relación al incumplimiento de los derechos civiles y políticos de los integrantes de las regiones y pueblos de Chile, en particular del pueblo Mapuche.

- El Estado de Chile es autor y cómplice de la violación sistemática de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas.

- El Estado de Chile es participante activo en la transgresión de los derechos colectivos de los pueblos.

- Las fuerzas políticas representadas en los poderes del Estado no han tenido la voluntad de cambiar la situación; por el contrario, han tomado decisiones y efectuado medidas que ahondan la condición de vulnerabilidad de los derechos humanos. En consecuencia, tienen responsabilidad directa en su desacato.

- En tanto, el Estado de Chile sustente una orientación neoliberal y resguarde el marco jurídico de la Constitución de 1980 y sus modificaciones, los derechos fundamentales de las personas se encontraran en un estado permanente de vulnerabilidad.

Visto así y sensibilizados por las justas demandas de nuestra ciudadanía, las organizaciones representadas en este Primer Congreso de Derechos Humanos nos hemos propuesto elaborar una plataforma de derechos humanos para el siglo XXI que permita hacernos cargo e impulsar:

- La toma de conciencia respecto a que todos los problemas, vejámenes y mala calidad de vida se deben al incumplimiento de los derechos fundamentales de los hombres y las mujeres de las regiones y pueblos del país.

- La ampliación y extensión del espectro de participación en la lucha por el cumplimiento de las garantías que contienen los articulados de las distintas declaraciones y tratados internacionales de derechos humanos.

- La entrega al Gobierno y al Parlamento de la Plataforma de los Derechos Humanos para el Siglo XXI.

- Difundir ampliamente, por todos los medios posibles, las conclusiones del Primer Congreso Nacional de Derechos Humanos, tanto en el ámbito nacional como internacional.

- Realizar en todas las comunas del país sesiones de debate y reflexión en relación a los resultados del Primer Congreso Nacional de Derechos Humanos.

- Diseñar participativamente una agenda que movilice a las mayorías de la ciudadanía comunal, regional y nacional, hacia un proceso que culmine con la realización de una Asamblea Constituyente que nos dote de una nueva institucionalidad política, fundada en el respeto de los Derechos Humanos en una perspectiva integral y que tenga al ser humano como valor central de dicha institucionalidad.

En cuanto a las aspiraciones y propuestas de la Plataforma de Derechos Humanos para el Siglo XXI, es posible adelantar:

- La necesidad de la refundación política y jurídica de Chile a través de una Asamblea Constituyente que tenga por objetivo la elaboración de una nueva carta fundamental que:

Reconstruya la autoridad soberana del Estado Social mediante una democratización del sistema político y la reorganización democrática de la justicia.

Recobre nuestros recursos naturales y estratégicos. Instrumentos claves para definir y sustentar la vida futura en el país.

Recupere las empresas encomendadas de generar, administrar y distribuir los servicios públicos básicos para una vida digna y soberana de todos y todas. Nos referimos a: Transporte público, agua, electricidad, salud, vivienda, educación y seguridad social. Servicios que no pueden tener como objetivo el lucro sino que cumplir con una necesidad básica de la ciudadanía para una vida en armonía, paz y seguridad.

Reconquiste el trabajo digno, el pleno empleo, la producción de Chile para Chile y el salario real y justo de todos los trabajadores y trabajadoras que se desempeñen en el país.

Combata la corrupción y la inseguridad.

Proteja efectivamente el derecho a vivir en un medio ambiente sano y libre de contaminación.
Reconozca la condición multinacional y pluricultural del Estado de Chile.

Asegure la libertad de expresión y prensa a través de una política de comunicación plural y participativa.

Respete y defienda la diversidad sexual, de género, y la libertad que implican los derechos sexuales y reproductivos.

Fomente y ejerza, efectiva y eficientemente la inclusión social de los ciudadanos que tienen algún grado de discapacidad psíquica o física.

Construya una sociedad basada en la verdad y la justicia donde la impunidad no sea una propiedad que ampare el actuar de los funcionarios y funcionarias del Estado. Así, como también evite y sancione el abuso de los grupos económicos y de poder que actúan arbitrariamente en el país.

Finalmente, el Primer Congreso Nacional de Derechos Humanos declara en lo inmediato:

1.- Dar inicio de manera democrática y participativa al proceso social que derive en la conformación de una Asamblea constituyente;

2.- Exigir al Estado de Chile y a sus representantes la libertad definitiva de los prisioneros políticos mapuches y el fin de la aplicación de la ley antiterrorista ante sus demandas políticas, sociales y culturales;

3.- Rechazar la incorporación de Chile al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas hasta que el Estado de Chile no se comprometa e implemente el cumplimento fiel, íntegro y justo de cada una de las disposiciones de las cartas internacionales en la materia;

4.- Rechazar el proyecto de ley, que crea el Instituto de Derechos Humanos, ya que no da garantías de autonomía y defensa efectiva frente a las violaciones de los derechos fundamentales. Así mismo, rechazamos su emplazamiento en la ex casa de tortura de Londres 38.

5.- Exigir la libertad a los prisioneros políticos chilenos en el extranjero mediante peticiones a organismos nacionales e internacionales;

6.- Apoyar con fuerza las gestiones y peticiones de todos y todas las familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos en su justa pretensión de castigo efectivo a los culpables. De igual forma, rechazamos las medidas de prescripción así como la aplicación velada de la ley de amnistía en los juicios por violaciones a los derechos humanos cometidas entre 1973 y 1990. En ese sentido, apoyamos a la familia de Jecar Nehgme Cristi en sus críticas y peticiones a la Corte Suprema, caso que será visto en última instancia este miércoles 12 de diciembre.

7.- Solidarizamos con los trabajadores que se encuentran en la toma de la escuela Santa María de Iquique por el reclamo justo de sus derechos laborales.

8.- En materia de cooperación internacional, exigimos al estado colombiano que asegure la integridad física y psíquica de los abogados de derechos humanos. El Congreso Nacional de Derechos Humanos hará llegar a los organismos internacionales respectivos, a la corte interamericana y al Estado colombiano una declaración dando cuenta de esta situación.

9.- Exigimos la revisión transparente y de cara a la ciudadanía de la política de cooperación militar en misiones en el extranjero. Rechazamos el envió de militares chilenos a la Escuela de las Américas y exigimos el cese de dicho convenio. Nos parece ofensivo que el estado de Chile continúe enviando militares a especializarse a dicha academia militar, siendo que en el pasado reciente, dicha instrucción fue utilizada para implementar la tortura, ejecución y desaparición de personas en todo el territorio nacional.

10.- Solidarizamos con la demanda de que se legisle afirmativamente en relación al derecho a voto de los chilenos en el exterior. Exigimos que se recupere su ciudadanía plena, arrebatada por la legislación pinochetista.

11.- Exigimos se termine con la persecución a todos y todas los inmigrantes, ningún ser humano es ilegal. A igual trabajo igual salario. Libertad de transito a todas las personas.

Por una Vida Justa y Digna
Por un País Justo y Digno


Primer Congreso Nacional de Derechos Humanos.

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Tuesday, December 11, 2007

¡¡ No más militares asesinos, torturadores ni dictadores!!

DECLARACIÓN PÚBLICA


1 - El Observatorio de la Escuela de las Américas, que agrupa a diversas organizaciones de derechos humanos, quiere manifestar nuestra preocupación y molestia por el hecho de que el Ejército de Chile ha continuado enviando militares a instruirse a la tristemente recordada Escuela de las Américas, hoy llamada Instituto de Seguridad y Cooperación del Hemisferio Occidental (Whinsec). Lo más grave es que militares chilenos participan del funcionamiento de dicha institución como personal de planta con cargos de subcomandante, de Sargento Mayor de Comando y con un instructor Invitado por 2 años.

2- El año 2006 asistieron a la Escuela de las Américas 170 soldados chilenos, (en su mayoría cadetes de la Escuela Militar ), a supuestos cursos de Asistencia Médica de Combate; Curso de Liderazgo de Combate; Curso de Operaciones de Ingenieros y Curso de Perfeccionamiento para Suboficiales. Cursos que siguen fomentando el combate y el enfrentamiento y que están lejos de buscar la “Paz, Libertad y Fraternidad”, como reza un eslogan de la nueva Escuela de las Américas. En 1998 el Comandante saliente de la Escuela de las Américas del Ejército de EEUU, El Coronel Roy Trumble, lo dijo claradamente “Esta organización ( la Escuela de las Américas) ha sido el eje para la estrategia militar de EEUU en América Latina por más de 50 años”. Todos saben cuál ha sido la política guerrera del imperio.

3- Hasta el momento solamente hemos recibido de parte de las autoridades, del Ministro de Defensa José Goñi, evasivas y silencios sobre el tema pese a que le hemos solicitado directamente que Chile suspenda los envíos de soldados a la Escuela de las Américas. La última respuesta fue que visitáramos directamente la academia militar en Estados Unidos para que viéramos en terreno que ya no era lo mismo. ¿Cómo un ministro de estado puede creer lo que dice otro gobierno que siempre ha mentido? ¿Cómo puede creer un ministro que no se enseña o promueve el uso de la tortura en esta academia cuando los mismos Estados Unidos han señalado explícitamente que no descartan usarla? ¿Cómo es posible que un Ministro de Defensa no sepa las motivaciones de fondo que tiene Estados Unidos detrás de estos cursos de intercambio? Creemos que no es posible, a 17 años del retorno a la democracia, que todavía el poder civil no pueda tomar una decisión respecto a una materia tan grave como esta, por temor a molestar a los institutos armados.4- Los Observadores de la Escuela de las Américas queremos que Chile se sume a los gobiernos de Argentina, Uruguay, Venezuela y recientemente Costa Rica que decidieron, en los últimos años, retirar sus tropas de esta academia militar. En igual sentido, Brasil ya no envía más soldados a la Escuela de las Américas y Bolivia ha señalado que realizará un retiro gradual de su contingente que asiste a sus cursos.5- La Escuela de las Américas no es un asunto del pasado reciente, como algunos afirman. Resulta significativo que esta “Escuela de asesinos”, como es conocida, haya sido condenada por muchos representantes del Congreso Norteamericano que, en junio pasado, votaron una Moción de Ley presentada por el representante demócrata McGovern y que, a pesar de no haber sido aprobada, obtuvo 203 votos a favor.

6- Este fin de semana se realizaran en Estados Unidos protestas en el frontis de la Escuela de las Américas en el Fuerte Benning, Georgia. Estas actividades las encabeza el sacerdote Roy Bourgeois. Queremos señalar nuestro apoyo a la acción internacional. Nos sentimos unidos a los miles de estadounidense que dicen “no en nuestro nombre” y que se muestran dispuestos a cerrar una escuela de criminales.7- Es hora que Chile se sume a los países que no envían militares a la Escuela de las Américas. Es hora que la democracia mande y se asegure, por todos los medios, un nunca más.Alejandra ArriazaAbogada,En representación del Observatorio de la Escuela de las Américas.Huérfanos 1373, Oficina 1202. Teléfono-Fax: 6954529 E-mail: observadoreschile@gmail.comDentro de las Organizaciones que participan en el Observatorio se encuentran el Comité Oscar Romero, Memoria 119, Corporación por los Derechos Ciudadanos SEAL, Comité de Derechos Humanos Kamarikun, Comisión Ética Contra la Tortura , Sitio www.luisemiliorecabarren.cl, Izquierda Cristiana y Comité de Derechos Humanos Pudahuel. También han adherido la campaña anteriormente: Amnistía Internacional, CODEPU, AFDD, AFEP, CINTRAS, CEDM, Colectivo Oveja Negra, Corporación Parque Por La Paz Villa Grimaldi, PC, MPMR, Colectivo-Latinoamericano La Surda , Red Chilena de Objeción de Conciencia, CUR, Comité de Refugiados Peruanos en Chile, ANEXPP, Colectivo Conciencia, Partido Humanista, Mapu OC, Centro Cultural Mapuche Pikunche y muchos más...

¡¡No más militares asesinos, torturadores ni dictadores!!
¡¡No más envíos de militares chilenos a la Escuela de las Américas!!

Observadores de la Escuela de las Américas
www.observadoreschile.blogspot.com
Actividad 12 de diciembre 2007
Exhibición Video-Documental “ La Escuela de Asesinos”
Auditórium UAHC, 19 horas
Condell 343 Providencia

Monday, December 10, 2007

Convocatoria para una Asamblea Nacional Constituyente en Chile

Por la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente

La Constitución Política del Estado no representa la voluntad soberana del pueblo chileno. Fue impuesta en 1980 para legitimar una dictadura que violó los derechos humanos y enriqueció a un puñado de empresarios que, mediante espurias privatizaciones, se apoderaron de la mayor parte del patrimonio público forjado con el trabajo y ahorro de generaciones de chilenos.


La Constitución actual ampara a los poderes fácticos que ayer se sirvieron de la tiranía y que hoy gozan de ocultos e irritantes privilegios, ejerciendo un control decisivo sobre la economía, las instituciones políticas y los medios de comunicación. No sólo es ilegítima en su origen. Es, además, antidemocrática, porque privilegia la renta y el lucro por sobre la dignidad humana, deja los principales resortes del poder económico y jurídico fuera del alcance y control de la ciudadanía y establece obstáculos insalvables para su modificación. Representa, en definitiva, la continuidad jurídica de la dictadura e impide el establecimiento de un régimen verdaderamente democrático.

Todas y cada una de las frustraciones, dolores y angustias que afectan gravemente la subsistencia y el bienestar de la gran mayoría de los chilenos, derivan de un modelo económico e institucional que, amparado en la Constitución de 1980, favorece la concentración monopólica de la propiedad y agudiza la injusticia social. Así, el capital extranjero ha llegado a controlar la mayor parte del cobre, los recursos hídricos, el sistema previsional, la energía, el sistema bancario y las telecomunicaciones, sangrando, a perpetuidad, el esfuerzo del trabajo nacional. La inestabilidad y la precariedad del empleo, la deficiente atención en salud, educación y vivienda, la gravísima destrucción del ecosistema, el deterioro de la calidad de vida en nuestras ciudades, la impunidad que beneficia a muchos civiles y militares responsables de graves crímenes contra la humanidad, la discriminación y el desconocimiento de los derechos de los pueblos originarios, la corrupción y el clientelismo presentes en el aparato público, la crisis del transporte urbano y la escandalosa y creciente desigualdad entre ricos y pobres, son resultado de un modelo económico e institucional que se ampara en el Decreto Ley Nº 3464, dictado bajo Estado de Sitio por la Junta Militar y denominado "CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO". Las reformas parciales aprobadas en el plebiscito de 1989 y por el Parlamento, desde 1990, han dejado intacta su naturaleza plutocrática y autoritaria.

Porque nos asiste la convicción de que la mayoría de los chilenos, más allá de sus diferencias ideológicas o valóricas, rechaza la constitución pinochetista, hemos decidido iniciar un proceso de consulta y organización ciudadana para exigir la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente encargada de elaborar una nueva Carta Fundamental, que restablezca los grandes avances democráticos que Chile alcanzó en el siglo veinte, que haga efectivas las libertades y derechos proclamados en las heroicas jornadas de lucha contra la dictadura y que restituya la soberanía nacional a manos de su único titular: el pueblo de Chile.

Deberemos afrontar enormes obstáculos que opondrán quienes se obstinan en mantener sus mezquinos privilegios, a saber: la oligarquía y el autoritarismo de viejo cuño que han sido capaces de cooptar a dirigentes políticos que, en el pasado, criticaron a la dictadura pero que actúan ahora como administradores de su nefasta herencia.

Para conservar la vieja institucionalidad, las elites privilegiadas fomentan la apatía ciudadana y desalientan todo signo de cohesión y solidaridad en la base social. Baste decir que actualmente existen poco más de 3 millones de ciudadanos que no participan en los procesos electorales, ya sea por no inscripción, abstención, o porque al rechazar las alternativas que se presentan votan nulo o blanco. Esta cifra que representa el 30.5% del padrón electoral potencial, constituye el doble de la que no votó validamente en la elección de 1989 (15,4%).

LLAMAMIENTO

El rumbo actual del país compromete gravemente el futuro de las jóvenes generaciones y nos conduce inexorablemente a la pérdida de independencia, libertad y dignidad. Chile, con su colosal riqueza, y la vocación republicana de su pueblo se encuentra en condiciones de proveer, con creces, la satisfacción de las necesidades materiales, culturales y espirituales de toda su población. Para que ello sea una realidad, no podemos soslayar los temas institucionales.

No hay razones para resignarse y permitir que nuestro país permanezca, por tiempo indefinido, bajo la tutela del capital foráneo y los poderes fácticos locales.

Apelamos, por ello, a todas las reservas morales de la nación, a todos los trabajadores, hombres y mujeres, que a diario viven en la incertidumbre de su frágil subsistencia, a todos los empresarios hastiados de los privilegios que se otorgan al capital extranjero, a todos los jóvenes que culminan agobiadoras jornadas de estudio con un título de cesantes, a los sectores religiosos que constatan la falta de escrúpulos y de valores de quienes amasan fortunas atropellando la dignidad y los derechos ciudadanos; a los adultos mayores, que tras una vida laboriosa son condenados a la pobreza por las AFP que se apropian de sus ahorros previsionales con fines especulativos; a lo mejor de la intelectualidad, a nuestra comunidad científica y académica, a nuestros artistas y gestores culturales, a los pueblos originarios, a todos los sectores que sufren discriminación de clase o de género, para que sean parte activa en esta gran fuerza social y política que demanda un orden social e institucional en armonía con nuestro desarrollo histórico y cultural, abierto al conocimiento y a las nuevas tendencias que se plantean la defensa de la especie humana ante el peligro de una nueva catástrofe ecológica de impacto mundial.

Factor fundamental para el éxito de esta tarea es la superación constructiva del sectarismo, el mesianismo y el dogmatismo, vicios que –paradojalmente- sirven a la mantención del status quo, porque contribuyen a neutralizar la fuerza de la mayoría ciudadana inspirada en ideales superiores de soberanía, dignidad y libertad. En el umbral del bicentenario de la República la unidad del pueblo hará posible poner fin a la vergonzosa vigencia de una Constitución esencialmente antidemocrática.

Nuestro objetivo no admite postergaciones ni ambigüedades: generar un gran movimiento ciudadano que exija la convocatoria a una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Constitución Política del Estado en la que se garanticen los derechos humanos, económicos y sociales, restableciendo la soberanía nacional a manos del pueblo de Chile.

Llamamos a todos los chilenos y chilenas –donde sea que se encuentren- para que, desde ahora mismo, suscriban este llamamiento, generen instancias de unidad para esta lucha, promuevan debates y emprendan múltiples iniciativas tales como plebiscitos en comunas, sindicatos y organizaciones sociales, foros y charlas en agrupaciones estudiantiles, campesinas, poblacionales, colegios profesionales, etc., en las que se demostrará el mayoritario apoyo de los chilenos a una nueva Carta Fundamental.

Sobre la base de estas experiencias y otras que surjan desde la base social invitamos a los electores a utilizar la próxima elección Municipal para manifestar su voluntad de contar con una Constitución Democrática., mediante un signo previamente convenido, sin perjuicio de su preferencia por un determinado candidato. Una marca de esta naturaleza no anula el voto, pues la ley electoral Nº 18.700 dispone que “Serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia”. Además, en la Cartilla de Instrucciones del Servicio Electoral 2005, página 21 Nº 5.1.6 se dispone que “También se escrutarán como válidas las cédulas en que se haya señalado una sola preferencia, pero que la Mesa estime “OBJETADAS”, (marcadas), por tener, además de la preferencia, rayas, palabras, firmas, dibujos, etc.”.

De esta forma, paso a paso, se irá configurando una gran fuerza unitaria que represente la aspiración colectiva de quienes amamos a Chile y nos sentimos parte de un pueblo que, recogiendo las lecciones de la historia, asume la construcción de su propio destino, entrañablemente hermanado con el de los pueblos latinoamericanos y con la paz y la solidaridad en todo el planeta.

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Primeros adherentes a la Convocatoria de la Asamblea Constituyente

Primeros adherentes a movimiento ciudadano



El ex juez Juan Guzmán Tapia; el poeta Nicanor Parra; los parlamentarios concertacionistas Nelson Ávila y Alejandro Sule; los ex ministros de la Concertación Enrique Silva Cimma y Jorge Arrate, y el ex candidato presidencial Tomás Hirsch figuran en la lista de adherentes que piden la convocatoria a una asamblea constituyente que redacte una Constitución verdaderamente democrática para Chile.
El movimiento, impulsado por sectores ciudadanos sin figuración pública, cuenta también con la adhesión del presidente del Colegio de Profesores, Jorge Pavez; el presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile, Giorgio Boccardo; los periodistas y Premio Nacional de Periodismo Patricia Verdugo y Juan Pablo Cárdenas; la hija del asesinado diplomático español Carmelo Soria, Carmen Soria; el poeta Armando Uribe y el escritor José Miguel Varas, ambos Premio Nacional de Literatura; la coreógrafa Vicky Larraín y otros.
La nómina inicial será dada a conocer el próximo miércoles 11 sábado 21 en un acto público en Santiago, poco después del Día de la Dignidad Nacional, correspondiente a la fecha en que el Congreso Pleno aprobó la Ley de Nacionalización del Cobre (1971), según informa el sitio web oficial.
http://www.asambleaconstituyente.cl/

Por qué cambiar la Constitución

Por qué cambiar una Constitución


La norma fundamental que rige Chile debiera avergonzar a un país democrático. Fue creada por un grupo de políticos al servicio de un dictador, plebiscitada sin garantías ciudadanas, complementada por leyes de una junta militar y reformada después sólo para eliminar la tutela armada.
Se nota al primer vistazo: apenas menciona democracia, pueblo, derechos humanos, dignidad; alude magramente a participación social e integración comunitaria; restringe la política y evita referirse a sectores como los indígenas, la mujer y los jóvenes. Sus términos favoritos son deber y seguridad nacional.
Chile y Colombia comparten inversamente dos grandes paradojas: este último país, azotado por una permanente violencia paramilitar y guerrillera, luce sin embargo una Constitución Política sorprendentemente democrática; aquél, en cambio, parece vivir pacíficamente con una Carta Fundamental que restringe los propios derechos que establece.
De ahí que los impulsores del actual llamado a una asamblea constituyente para Chile reconozcan en la norma colombiana una de sus principales fuentes de inspiración para lo que debieran ser, en un país democrático, las reglas básicas, consensuadas y genuinamente representativas de los derechos y deberes de todos sus habitantes (más allá de que éstos, según sus capacidades e intereses, pudieran convertirlas en realidad o bien en letra muerta).La Constitución Política que rige Colombia desde 1991 fue redactada por una asamblea constituyente impulsada por jóvenes universitarios y conformada por diversos sectores de la sociedad, incluyendo estudiantes, indígenas, grupos de izquierda, guerrilleros desmovilizados y minorías religiosas, además de liberales, conservadores y representantes de los poderes tradicionales.
La actual Constitución Política de Chile, a su vez, fue diseñada por un grupo de políticos de derecha incondicionales de Pinochet, durante el período más feroz de la dictadura y aprobada en 1980 a través de un plebiscito sin garantías de votación limpia e informada (bajo estado de sitio) ni de transparencia en los escrutinios. Así, entre otras disposiciones, los votantes aceptaron, junto con una serie de derechos nominales, un Consejo de Seguridad Nacional con decisión política y mayoría militar, la inamovilidad de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas –Pinochet incluido-, un Senado con más del 20 por ciento de sus miembros designados por otras autoridades y un artículo transitorio que negaba expresamente parte de los propios derechos establecidos en ella.
Las leyes orgánicas constitucionales aprobadas a continuación por la Junta Militar de Gobierno se encargaron de complementarla y añadir restricciones, siendo una de las peores la que limitó a dos los cupos de legisladores por área electoral, lo que excluyó del Parlamento a toda fuerza política que no obtuviera la primera o segunda mayoría. Una “democracia protegida”, como la llamaron sus creadores y adherentes, cuyas normas fueron sucesivamente reformadas a partir de 1989, aunque lejos de quitarle el apellido y el espíritu original.
Para quienes no se quieren dar el trabajo de leerlas, aquí comparo algunos preceptos esenciales de ambas normativas, la chilena y la colombiana, actualizadas a 2005. La diferencia de intenciones y sentido resulta evidente. (No es un análisis jurídico, por supuesto, pero en mi descargo cabe recordar que las Constituciones están hechas –o debieran estarlo- para ciudadanos comunes en actividades corrientes y no para ilustres juristas en elevados estudios).
Confianzas versus temores
De partida, en extensión, la Constitución colombiana es el triple de la chilena -380 artículos permanentes y 61 transitorios, contra 129 y 20, respectivamente-, lo que mantiene fiel correspondencia con la amplitud y variedad de los temas que trata y los sectores sociales que incorpora.
Comienza con un solemne y emotivo Preámbulo:
El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente Constitución Política de Colombia.
En su artículo primero, sobre los Principios Fundamentales, declara inequívocamente:
Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
La Constitución chilena, en cambio, parte directamente con las Bases de la Institucionalidad y, en su artículo cuarto, señala escuetamente:
Chile es una república democrática.
Más adelante, se acentúan las diferencias. Al referirse al elemental concepto de soberanía, la norma colombiana, en su artículo tercero, precisa:
La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
La chilena habla de Nación, en su artículo quinto, y agrega algunos preceptos que hacen más compleja la idea:
La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Y ya en su artículo séptimo, la Constitución colombiana establece una garantía fundamental inexistente en su par chilena:
El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Las flagrantes contradicciones de quienes redactaron la Constitución chilena están resumidas en el número 15 del artículo 19, sobre el derecho a asociación: una solitaria y lacónica frase dice garantizar el pluralismo político perdida entre prohibiciones y advertencias.
Los países se componen tanto de instituciones como de ciudadanos, por lo cual el grado de equidad que una Constitución logra al respecto define en gran medida su apego a la democracia. Es útil observar, por ejemplo, los títulos y capítulos en que está dividida para apreciar de partida qué amplitud de visión y criterio políticos y sociales han inspirado a sus redactores.
La Carta Fundamental colombiana parte por los derechos del ciudadano y los describe individual y detalladamente, distinguiéndolos en fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y ambientales. Habla también y específicamente de su protección y aplicación, así como de las formas de participación democrática, de un estatuto de garantías para la oposición, organismos de control fiscalizador, régimen económico y de la hacienda pública, y finalidad social del Estado y de los servicios públicos, entre otros ámbitos.
La Constitución de Chile, en cambio, fuera de ser incomparablemente restrictiva, prefiere y se centra en la formalidad burocrática. Comienza por las bases de la institucionalidad y sólo en el capítulo tercero aparecen los “derechos y deberes constitucionales”, así, juntos e inseparables. A continuación describe el gobierno, el Congreso, el poder judicial y otras instituciones.Cómo enfrentan la participación social
La Constitución de Colombia detalla, capacita y estimula la participación de la ciudadanía en la política y la vida social del país:
La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. (...) Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país. (...).
(Artículo 95, número 5).
Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato (de los elegidos). (...).
(Artículo 103).
Podrán presentar proyectos de ley, un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento (5%) del censo electoral existente en la fecha respectiva o el quince por ciento (15%) de los concejales o diputados del país. (...) Los ciudadanos proponentes tendrán derecho a designar un vocero que será oído por las cámaras en todas las etapas del trámite.
(Artículo 155).
Un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral podrá solicitar ante la organización electoral la convocación a un referendo para la derogatoria de una ley. (...).
(Artículo 170).
La chilena, en contrario, es parca, aprensiva y mezquina:
La Constitución asegura a todas las personas: (...) El derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes.
(Artículo 19, número 14).
Una de sus disposiciones más insólitas lleva el número 15 del artículo 19, sobre el derecho a asociación, que se anticipa a restringir y conminar más que a conceder y habilitar. Lo cito, por ello, in extenso (las negritas, como los paréntesis, son mías):
La Constitución asegura a todas las personas: (...) El derecho de asociarse sin permiso previo. Para gozar de personalidad jurídica, las asociaciones deberán constituirse en conformidad a la ley. Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación. Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado. Los partidos políticos no podrán intervenir en actividades ajenas a las que les son propias ni tener privilegio alguno o monopolio de la participación ciudadana; la nómina de sus militantes se registrará en el servicio electoral del Estado, el que guardará reserva de la misma, la cual será accesible a los militantes del respectivo partido; su contabilidad deberá ser pública; las fuentes de su financiamiento no podrán provenir de dineros, bienes, donaciones, aportes ni créditos de origen extranjero; sus estatutos deberán contemplar las normas que aseguren una efectiva democracia interna. Una ley orgánica constitucional regulará las demás materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de sus preceptos, dentro de las cuales podrá considerar su disolución. Las asociaciones, movimientos, organizaciones o grupos de personas que persigan o realicen actividades propias de los partidos políticos sin ajustarse a las normas anteriores son ilícitos y serán sancionados de acuerdo a la referida ley orgánica constitucional. La Constitución Política garantiza el pluralismo político. Son inconstitucionales los partidos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional, procuren el establecimiento de un sistema totalitario, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella como método de acción política. Corresponderá al Tribunal Constitucional declarar esta inconstitucionalidad. Sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en la Constitución o en la ley, las personas que hubieren tenido participación en los hechos que motiven la declaración de inconstitucionalidad a que se refiere el inciso precedente, no podrán participar en la formación de otros partidos políticos, movimientos u otras formas de organización política, ni optar a cargos públicos de elección popular ni desempeñar los cargos que se mencionan en los números 1) a 6) del artículo 57, por el término de cinco años, contado desde la resolución del Tribunal. Si a esa fecha las personas referidas estuvieren en posesión de las funciones o cargos indicados, los perderán de pleno derecho. Las personas sancionadas en virtud de este precepto no podrán ser objeto de rehabilitación durante el plazo señalado en el inciso anterior. La duración de las inhabilidades contempladas en dicho inciso se elevará al doble en caso de reincidencia.

Por qué cambiar una Constitución ¿No debería una Constitución democrática garantizar específicamente los derechos de las mujeres, los jóvenes, los niños, los adultos mayores y los indígenas? ¿Y hablar con entusiasmo sobre dignidad, protección, equidad, preservación, probidad, amparo, solidaridad y buena vecindad? La chilena no lo hace, pero puede.
La actual Constitución Política de Chile atenúa, minimiza, posterga para el trámite legislativo o, simplemente, no menciona diversos derechos y aspiraciones inherentes al ser humano y la sociedad democrática. Entre ellos están los que hablan específicamente de cada sector de la población, así como de las condiciones básicas del sistema económico, la protección institucional de las personas, la forma justa tanto de elegir autoridades políticas como de revocar su mandato, la preservación del ambiente, los derechos fundamentales ante la seguridad interior y la buena relación con las naciones vecinas.
Por fortuna, los impulsores de una eventual asamblea constituyente para Chile tienen hoy una fuente de inspiración que se refiere con generosidad a todo eso: la Constitución colombiana. He aquí la comparación final de esta serie.Derechos de la mujer
La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.
(Artículo 43 de la Constitución de Colombia).
Los niños
Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. (...) Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
(Artículo 44).
Los jóvenes
El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.
(Artículo 45).
Adultos mayores
El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.
(Artículo 46).
Las etnias
(...) Los pueblos indígenas y grupos étnicos podrán elaborar y adoptar dentro de su ámbito territorial, previa concertación comunitaria interna, planes de desarrollo o de vida o modelos de economía acordes con sus usos, costumbres y valores culturales propios, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República y que estén orientados preferencialmente a su reconstrucción económica, social, cultural y ambiental.
(Artículo 339).
La Constitución chilena sólo dice que el hombre y la mujer son “iguales ante la ley” (artículo 19, número 2) y no se refiere individualmente a otros sectores específicos de la población.
Economía libre, pero solidaria
La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación.
(Artículo 333).
(...) El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en especial las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y la competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.
(Artículo 334).
La Constitución chilena asegura puntualmente el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o la seguridad nacional y respete las normas legales que la regulen (artículo 19, número 21).
Trabajo digno
El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. (...).
(Artículo 53).
La Constitución chilena habla, en cambio, de “la libertad de trabajo y su protección” (artículo 19, número 16).
Vivienda digna
Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho (...).
(Artículo 51).
La Constitución chilena no considera este tema.
Protección institucional de las personas
El Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:1. Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.2. Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.3. Invocar el derecho de Habeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.4. Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley.5. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.6. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.7. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones.8. Las demás que determine la ley.
(Artículo 282).
La Constitución chilena no establece un cargo de esa naturaleza y éste tampoco ha sido creado posteriormente.
Equidad electoral y legislativa
El Senado de la República estará integrando por ochenta y tres (83) senadores, elegidos de la siguiente manera: setenta y ocho (78) elegidos en circunscripción nacional, dos (2) elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígenas y tres (3) en circunscripción nacional especial de minorías políticas. (...) Los ciudadanos colombianos que se encuentren o residan en el exterior podrán sufragar en las elecciones para Senado de la República. (...).
(Artículo 171).
La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y especiales. Habrá dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 1.16 por ciento de la población nacional o fracción mayor del 0.58 por ciento de la población nacional que resida en la respectiva circunscripción, por encima del 1.16 por ciento inicial. (...) Adicionalmente, se elegirán cuatro (4) representantes para circunscripciones especiales, así: dos (2) para comunidades negras, uno (1) para la comunidad indígena y uno (1) elegido por los colombianos que residan en el exterior.
(Artículo 176).
(...) Para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos que no podrá ser inferior al dos por ciento (2%) de los sufragados para Senado de la República o al cincuenta por ciento (50%) del cuociente electoral en el caso de las demás corporaciones, conforme lo establezca la Constitución y la ley. Cuando ninguna de las listas de aspirantes supere el umbral, las curules se distribuirán de acuerdo con el sistema de cifra repartidora. (...).
(Artículo 263).
La Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo.
(Artículo 374).
Podrán presentar proyectos de acto legislativo el Gobierno, diez (10) miembros del Congreso, el quince por ciento (15%) de los concejales o de los diputados, y los ciudadanos al menos el cinco por ciento (5%) del censo electoral (...).
(Artículo 375).
La Constitución chilena no precisa el tipo de sistema electoral (artículos 15, 16, 18, 47 y 49), dejando esa tarea a la ley orgánica constitucional respectiva. Esta última -Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios- establece simplemente que resultarán elegidos senador o diputado sólo quienes obtengan la primera o segunda mayoría, individual o por pacto. Para reformar la Constitución, en tanto, se requiere un mensaje presidencial o una moción congresista y se exige altas mayorías parlamentarias: generalmente tres quintos y dos tercios (artículo 127).
Probidad pública
Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede (...) revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.
(Artículo 40, número 4).
Los congresistas, los diputados, los concejales y cualquier otro miembro de corporación elegida popularmente perderán su investidura (...) por la inasistencia sin causa justificada en un mismo período ordinario de sesiones a seis (6) reuniones plenarias, o de la respectiva Comisión Constitucional, que hubieren sido citadas para votar proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdo, mociones de censura o elección de funcionarios. (...).
(Artículo 183, número 2).
La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República. (...).
(Artículo 187).
Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. (...).
(Artículo 126).
La Constitución chilena nada dice sobre esos casos.
Preservación del patrimonio cultural y ambiental
Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
(Artículo 63).
La Constitución chilena no se extiende sobre este caso.
Descontaminación ambiental
Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos. (...).
(Artículo 81).
La Constitución chilena no menciona dichas actividades.
Responsabilidad civil del Estado
El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. (...).
(Artículo 90).
La Constitución chilena no lo considera.
Seguridad a conciencia
Los Estados de Excepción (...) se someterán a las siguientes disposiciones: (...) No podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales. (...).
(Artículo 214, número 2).
La Constitución chilena dice que el ejercicio de los derechos que consagra “sólo puede ser afectado” por determinadas situaciones de excepción (artículo 39).
Buena vecindad
El Estado promoverá la integración económica, social y política con las demás naciones y especialmente con los países de América Latina y del Caribe, mediante la celebración de tratados que sobre la base de equidad, igualdad y reciprocidad creen organismos supranacionales, inclusive para conformar una comunidad latinoamericana de naciones. La ley podrá establecer elecciones directas para la constitución del Parlamento Andino y del Parlamento Latinoamericano.
(Artículo 227).
La Constitución chilena no considera una política de ese tipo. Se refiere a “relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales” y de “llevar a cabo las negociaciones” respectivas (artículo 32, número 15).
No habla, como está claro, de muchas cosas. Pero puede hacerlo.
© Julio Frank Salgado

Juez Guzmán Pide Nueva Constitución

Juez Guzmán Pide Nueva Constitución
por Hernán Espinoza
(Diario Centro, Chile)
martes, 04 de diciembre de 2007 Talca, Chile.

El ex ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Guzmán, llamó atener una nueva Constitución en Chile, a través de la conformación de un Asamblea Constituyente, para lo cual sostuvo que se requiere que la gente inscriba dicha demanda en las próximas elecciones municipales, parlamentarias y presidenciales. En este sentido, afirmó que el actual modelo político y los bloques que lideran dicha representación, no permiten representar debidamente a las minorías y tampoco logran expresar las más variadas demandas sociales, contando entre ellas a los grupos originarios. El ex juez efectuó dichas declaraciones al ofrecer una clase magistral sobre derechos humanos en el Teatro Regional del Maule, cuya entrada fue liberada y que convocó a numerosas personas, entre dirigentes sociales, autoridades y estudiantes de derecho. La actividad fue organizada por la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Talca. Concepto Amplio Al respecto, Juan Guzmán comentó que Chile no puede liderar el concierto internacional en materia de derechos humanos, al no ratificar aún el estatuto de la Corte Penal Internacional, lo cual, en su opinión, permitiría sancionar delitos como genocidios y crímenes de guerra. "Por otra parte, vemos que en Chile se privilegian las transnacionales y grupos pequeños de empresarios, destruyendo la naturaleza y el hábitat de los grupos originarios, con la instalación de represas y centrales hidroeléctricas, lo cual ha significado una nueva forma de genocidios, dañando para siempre los recursos naturales", dijo. En este sentido, destacó que "estamos en una lucha a favor de los derecho humanos, en un concepto amplio que va más allá de la protección de personas que son víctimas de aparatos estatales de represión. Es una nueva forma de entender este concepto tan importante en nuestra sociedad contemporánea".

10 de noviembre de 2007
* Fuente: El Centro

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Tuesday, September 11, 2007

Hoy es 11 de septiembre memorable

Este 11 de septiembre será memorable por varias razones:

1. Nos encuentra sin Pinochet vivo, pero, con un Pinochet con banda presidencial al lado de Salvador Allende en la Revista Ercilla.

2. Con las Grandes Alamedas cerradas para el pueblo libre.

3. Con un mártir del pueblo en el Gobierno de Michelle Bachelet.

4. Con una inamovible Ley de Amnistía, ilegal, por ser de autoperdón para los asesinos de la Dictadura.

5. Con un nuevo intento de un Punto Final... escondido en un acuerdo entre el Gobierno y la Derecha Política,responsable de los crímenes cometidos.



Viera Gallo y la Alianza desnaturalizaron Instituto de DD.HH.

por Lucía Sepúlveda Ruiz - http://www.elclarin.cl

Martes, 11 de septiembre de 2007

Ante la reciente aprobación “express” por el Senado del proyecto de ley que crea el Instituto de Derechos Humanos, los abogados del actual Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior, denunciaron que la iniciativa posibilita la impunidad de los agentes de la represión. El Instituto no tendrá facultades para accionar judicialmente, y la ley deja fuera de los procesos a este programa, que actualmente opera como querellante en la mayor parte de las causas por desapariciones o ejecuciones políticas sin entrega de restos. En una carta pública suscrita por 31 trabajadores del citado programa, que incluye entre los firmantes a respetados abogados que defienden causas de detenidos desaparecidos, como Magdalena Garcés, Karinna Fernández, Loreto Meza, y a personalidades como Humberto Lagos, los funcionarios denuncian que el Senado suprimió la facultad que otorgaba al Instituto de Derechos Humanos el proyecto aprobado previamente por la Cámara de Diputados, para querellarse por crímenes de lesa humanidad y de guerra y por delitos incluidos en los tratados internacionales ratificados por Chile. También la cámara alta le quitó la obligación de hacerse parte o coadyuvar en los procesos criminales relacionados con causas de detenidos desaparecidos de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.123. Refutan los especialistas del área de derechos humanos la afirmación del ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera- Gallo respecto de que para los juicios pasados está el Programa de Derechos Humanos. Ellos aclaran que esta entidad no podrá seguir llevando los juicios porque el continuador de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación será el nuevo Instituto de Derechos Humanos, al cual incluso le corresponderá según la ley aprobada por el Senado “custodiar y guardar en depósito los antecedentes reunidos por (...) el Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior”. Instrumento de impunidad Estos funcionarios consideraron que esto es como una amnistía: “Resulta paradójico, contradictorio y decepcionante que el futuro Instituto Nacional de Derechos Humanos pudiera facilitar la impunidad. No nos oponemos a su creación, sino a que sea un organismo que prive a los familiares de la víctimas y a la sociedad de obtener la anhelada verdad y justicia”. El vocero de estos trabajadores, el abogado Boris Paredes, sostuvo asimismo en entrevista publicada en El Mostrador:“Vemos con mucha preocupación que un proyecto que se había tramitado casi dos años, consensuado, discutido, y donde todos los actores opinaron ¡se cambió en 24 horas por una comisión que salió de la noche a la mañana!” El cuestionamiento va dirigido al ministro Viera Gallo y los senadores de la Alianza Andrés Chadwick y Alberto Espina. Se sabe que Chadwick se mostró particularmente gozoso por haber logrado que la comisión que por 6 meses continuará lo obrado por la Comisión Valech sobre Tortura y Prisión Política, incorporará a las personas que según la derecha sufrieron apremios de violencia política cometida por privados en función de intereses políticos. Desaparece así el concepto de terrorismo de Estado y delitos cometidos por sus agentes, posibilitando esta ley de manera inaceptable, que se iguale a los represores con los luchadores antidictatoriales, y se denomine las acciones de estos como violencia terrorista. Senado: trabajen gratis La insólita ley aprobada a la medida del Senado, eliminó –según informó el senador José Antonio Gómez_ la remuneración que se entregaría a los miembros de la continuadora de la Comisión Valech, lo cual indica la nula importancia concedida al trabajo que deberán realizar sus integrantes. Estos deberían poseer un patrimonio personal tal, que les permita autofinanciarse por seis meses mientras llevan a cabo la delicada tarea de escuchar testimonios de víctimas de tortura. La discusión sobre salario ético evidentemente no ha llegado a este nivel. Camilo Escalona, por su parte, saludó la aprobación de la iniciativa asegurando que Chile asiste a la configuración de una nueva realidad política, cultural, valórica y ética, afirmación que será leída por muchos como la reiteración de la consabida política de los consensos, que opera una vez más en contra de los derechos humanos. Sólo el veto presidencial podrá librar a Michele Bachelet de nuevos cuestionamientos por las organizaciones de derechos humanos, juristas y entidades vinculadas al tema, tanto en el país como a nivel internacional, donde el cuestionamiento al desempeño del gobierno en esta materia es ya conocido.






MINUTA SOBRE LAS MODIFICACIONES AL TEXTO DE LA LEY QUE CREA EL IDH INTRODUCIDAS POR EL ACUERDO VIERA GALLO-ESPINA-CHADWICK

Enviado por Hiram Villagra - Abogado de Derechos Humanos.

Historia de la Tramitación (a desarrollar)

Estado al momento en que sale de la comisión de hacienda del Senado (a desarrollar )


Reformas Introducidas por el acuerdo:

En general las reformas acordadas por una comisión ad hoc, compuesta por Viera Gallo- Chadwick- Espina y trasladada a la comisión de CLJ (Constitución de Legislación y Justicia) en el Senado, representa un significativo retroceso en una serie de aspectos en relación con el texto preexistente.

Revisemos estos cambios:

1º En el artículo 1ro, el acuerdo de la comisión ad hoc introduce la dependencia del IDH para con el Ministerio de Justicia, lo que implica un detrimento de su autonomía, según lo recomiendan los principios de París.

2º En el artículo 4to numeral 1, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina a los organismos del Sistema Internacional de DDHH - órganos especializados de la ONU, OEA, etc. - del listado de destinatarios del informe anual de revisión que debe generar el IDH, como parte de su actuación. Esta restricción no se condice con la obligación de informar periódicamente a dicho órganos que se contempla en la mayoría de los pactos e instrumentos de ddhh y se cierra a la eficaz fiscalización internacional como herramienta para promover la vigencia de los mismos.

3º En el mismo artículo 4to numeral 1 el acuerdo de la comisión ad hoc .................

4º En el artículo 4to numeral 2, el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza la expresión Gobierno y órganos públicos por Gobiernos y órganos de la administración del Estado como los destinatarios de las comunicaciones relativas a dar cuenta de situaciones que afectan a los ddhh; con esto se restringe a la órbita del ejecutivo evitando que extienden comunicación a los Tribunales, Comisiones del Congreso u otros órganos públicos ajenos a la administración del estado.

5º En el mismo artículo 4to numeral 2, el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza el concepto de “situaciones prácticas o actuaciones que infrinjan o sean contrarias a los DDHH” por el de situaciones relativas a los derechos humanos mitigando el carácter contravencional de lo que es objeto de vigilancia.

6º En el mismo artículo 4to el acuerdo de la comisión ad hoc elimina el numeral 3 original que los facultaba a hacer presente todo acto que importara discriminación arbitraria, con esto se restringe las facultades del Instituto para vigilar la vigencia de derecho fundamentales de nuevo tipo en la sociedad civil, siendo un golpe a los movimiento de mujeres, pueblo originarios y minorías de todo tipo.

7º En el artículo 4to numeral 4 original, actual 3, el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza nuevamente la expresión poderes públicos por órganos de la administración del Estado como destinatarios de propuestas de medidas de favorecimiento a la protección de los derechos fundamentales, con esto se restringe a la órbita del ejecutivo, evitando que extiendan comunicación a los tribunales, comisiones del Congreso u otros órganos públicos ajenos a la administración del estado.

8º En el artículo 4to numeral 5, actual 4, el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza la expresión instrumentos y principios internacionales de derechos humanos por la de Tratados internacionales en materia de derechos humanos en lo que respecta a la obligación de promover la armonización entre la normativa interna y los contenidos de DDHH del sistema internacional restringiendo nueva y gravemente el alcance de dichos acuerdos.

9º En el mismo artículo 4to, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina el numeral 6 original que los facultaba a promover la aprobación, suscripción y ratificación de instrumentos internacionales de DDHH. Con esto se impide que el IDH tenga un rol motor en la incorporación plena de Chile al Sistema de DDHH Internacional y vuelve a manifestar desconfianza frente a ese sistema.

10º En el mismo artículo 4to, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina el numeral 7 original que los facultaba a deducir querella y ejercer acciones legales respecto de hechos que sean constitutivos de crimen, de genocidio, lesa humanidad, guerra y crímenes internacionales, lo que importa una de las mas graves amputaciones a su rol en la defensa de los DDHH y que desnaturaliza su carácter como herramienta eficaz en el cumplimiento de la obligación de persecución y castigo de los crímenes en contra de los DDHH.

11º En el artículo 4to numeral 8 original, actual 5, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina el párrafo que le facultaba hacerse parte o coadyuvar en los procesos criminales relacionados con la determinación del paradero de los DD reduciendo su función a recopilar, analizar y sistematizar información útil y proponer medidas reparatorias, en complemento con el punto anteriormente señalado.

Ambas normas cercenan derechamente la mano al estado en materia de persecución de estos delitos y contravienen las recomendaciones internacionales de perseguir estatalmente a los violadores de ddhh. Esto es una infracción a obligaciones e imperativos a los que está sujeto nuestro país.


12º En el artículo 5to, el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza nuevamente la expresión solicitar la colaboración del Estado por solicitar la colaboración de la administración del Estado lo que apunta a restringir la intervención frente a los Tribunales de Justicia.


13º En el mismo artículo 5to, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina la facultad de recibir testimonios directos en el acopio de información relativa a hechos de su competencia, restringiendo su rol a la mera recabación de documentos generados por otros órganos del Estado.


14º En el mismo artículo 5to, inciso segundo, el acuerdo de la comisión ad hoc restringe a Director y Consejeros del IDH la facultad de ingresar a recintos donde puedan estar personas privadas de libertad, en el texto original permitía que además ingresara personal del instituto (abogados y otros) reforzando este rol de vigilancia. Claramente es más expedito que vaya a las mazmorras de un cuartel policial un funcionario del IDH que un consejero que tiene otras funciones que desarrollar.

15º El acuerdo de la comisión ad hoc elimina el artículo 6 original que le permitía emitir opinión sobre doctrinas judiciales que afectaran obligaciones contenidas en legislación de DDHH nacional o internacional, con esto nuevamente se inhibe el rol del IDH frente a la Justicia y en un tema particularmente sensible puesto que, todas las condenas de Chile en el SIDDHH han sido por resoluciones judiciales.

16º En el artículo 7mo original, actual 6to numeral 1, el acuerdo de la comisión ad hoc modifica la composición del consejo subiendo de uno a dos los consejeros elegidos por cada una de las cámaras, la norma parece dirigida a permitir que la derecha, minoritaria en cada una de las Cámaras, instale un tercer y cuarto consejero de designación parlamentaria en el IDH.

17º Se introduce un artículo 7mo nuevo que regla la remoción de los consejeros radicándolo en el pleno de la Corte Suprema a requerimiento exclusivo del Presidente de la República, Cámara de Diputados o 10 de sus miembros.

18º En el artículo 8to numeral 2, el acuerdo de la comisión ad hoc elimina de la lista de organismos al que el Consejo debe presentar el informe anual a los organismos del sistema internacional de DDHH -órganos especializados de la ONU, OEA etc. Esta restricción no se condice con la obligación de informar periódicamente a dicho órganos que contempla en la mayoría de los pactos e instrumentos de DDHH y se cierra a la eficaz fiscalización internacional como herramienta para promover la vigencia de los DDHH.

19º En el artículo 11 relativo al Consejo Consultivo Nacional - que representa a organismos sociales y académicos vinculado a la Promoción de DDHH de la sociedad civil - el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza las asesorías que le debe prestar al consejo nacional en materia de competencia de esas organizaciones por asesorías en materias que el Consejo estime convenientes, donde claramente se rebaja su rol (de estos organismos) y solo se le escucha cuando el consejo pide asesoría.

20º En el artículo 12 el acuerdo de la comisión ad hoc limita a un máximo de 30 la dotación del personal del IDH, este límite hace imposible por ejemplo, su regionalización (o alcance de articulación con las regiones del país).

21º En el artículo 13 se establece tuición de Contraloría General de la República, aunque paradójicamente el inciso primero señala que en los actos del IDH se regirán por la norma del derecho privado.

22º En el artículo 16, el acuerdo de la comisión ad hoc eleva el quórum para otorgar el premio de DDHH a dos tercios de simple mayoría, tratando de dar el poder de veto a la Derecha.

23º En el artículo 3ro transitorio letra b, el acuerdo de la comisión permite que la comisión especial de reapertura Rettig - Valech extienda los beneficios a personas afectadas por acciones de resistencia al régimen llamándolas “actos de particulares cometidas con pretextos políticos”, esto consagra la teoría de los dos demonios y desnaturaliza el rol reparatorio de los beneficios frente a acciones del Estado.

En resumen las directrices de este acuerdo resultan ser:

Debilitar el IDH restringiéndolo en facultades y dotación
Impedir que tenga presencia internacional al eliminar a los organismos internacionales del listado de receptores de su informe anual y eliminarle la facultad de promover la armonización de la legislación interna al ordenamiento internacional de ddhh, si pensamos que vigilancia de la Comunidad Internacional ha sido histórica y universalmente uno de los más importantes medios de fiscalización de la obligación y que la principal fuente de la teoría de los ddhh es ese sistema, entendemos lo grave de esta orientación
Se rebaja la participación de la Sociedad Civil, desperfilándola en el Consejo Consultivo. Este social watch es el segundo gran medio de fiscalización y protección en el cumplimiento de estos principios (promoción y defensa de los DDHH)
Privarlo de facultades Judiciales, no solo mediante la eliminación de sus facultades directas de querellarse y hacerse parte en procesos judiciales, sino también cerrando la vía oblicua al reemplazar la expresión “poderes públicos” que comprende al Poder Judicial por “administración del Estado”, expresión que lo excluye a lo largo de todo el texto. El escenario judicial es central en la lucha por la vigencia de los derechos humanos e inhibir su participación de ella es, derechamente cercenarle las manos, lo que va a contrapelo de la obligación internacional de perseguir estatalmente los crímenes de DDHH y de lesa humanidad. Pero, además,, en forma indirecta le priva de personería para comparecer en juicio al Programa de DDHH del MINIT, motor fundamental en muchas de las causas, el desplazarlo como el continuador de la CVR ()en la obligación de establecer el destino final de DD y ejecutados políticos sin entrega de restos, pues atribuye esta función al IDH emasculándole a su vez las facultades judiciales. Como guinda de la torta, dispone que los archivos del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior pase al IDH, norma que tiene sentido si éste continuara la actividad judicial de persecución de crímenes contra los ddhh que ejerce el Programa pero que en el nuevo contexto es solo privarlo de documentación imprescindible para las causas destinándolos a hacer arqueología o academia.
Lo priva de la facultad de ser motor en la lucha contra la discriminación social, de género etc., una de la mas ricas vetas de avance en materia de DDHH y, por cierto, también desperfilándolo como agente de vigencia de los ddhh a futuro.

En resumen, la lucha está abierta para reponer al IDH en su genuino sentido o crear alternativas que no impliquen que esta viga maestra de la institucionalidad en DDHH no sea un mazazo en la cabeza que desnuca a la lucha por verdad y justicia que estamos dando, que no desmantele entes que han sido Fundamental en los últimos avances, que no ciegue la vía de abordar nuevos temas en la Sociedad Civil, cosa que el proyecto nacido del acuerdo VGECH (Viera Gallo, Espina, Chadwick), tristemente hace.

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Angélica Palleras

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