Monday, January 16, 2017

No es justo liberar a los presos de Punta Peuco




Miércoles 11 enero de 2017 | Publicado a las 16:43
Radio Bío Bío

El pasado viernes 23 de diciembre se realizó en el penal Punta Peuco una ceremonia ecuménica en que 10 de sus presos, condenados por crímenes contra la humanidad, pidieron perdón. Este hecho ha encendido el debate público sobre los derechos de estos presos a recibir beneficios carcelarios.
Desafortunadamente, el debate ha sido caótico y confuso, y ha resultado sumamente excluyente para la mayoría de la población, transformándose en una conversación a la que solo acceden las personas relacionadas con los derechos humanos, políticos y abogados. Sin embargo, esta discusión atañe al conjunto de la sociedad, y es necesario ordenarla para permitir un debate transparente y democrático.
Los presos de Punta Peuco fueron condenados por crímenes contra la humanidad, también conocidos como delitos de lesa humanidad, que consisten en el asesinato, exterminio, tortura, violación o desaparición forzada de personas, realizado en forma masiva y sistemática por un Estado u otra organización que ejerza las veces de tal. Estos delitos son considerados extremadamente graves, más que ningún otro tipo de crimen, por lo aberrante de la violencia ejercida, pero, especialmente, porque no se trata de individuos aislados cometiendo delitos contra otros individuos, sino de una política institucional de violencia ejercida contra personas por su raza, género o posición política. Por eso se les llama violaciones a los derechos humanos.
La dictadura civil y militar que comienza en 1973 cometió crímenes contra la humanidad. Así lo prueban decenas de procesos judiciales, como también el trabajo de las comisiones presidenciales convocadas para llevar registro y balance de lo ocurrido: la “Comisión Rettig”, la “Corporación Nacional de Reparación y Conciliación” –ambas sobre desaparición forzada y ejecución de personas-; y las llamadas “Comisión Valech I” –sobre prisión política y tortura- y la “Comisión Valech II”, para la calificación de detenidos desaparecidos, ejecutados políticos y víctimas de prisión política y tortura.
Hace dos semanas, una decena de condenados por estos crímenes realizaron una ceremonia religiosa para pedir perdón. Esto es legítimo en el marco del proceso individual que cada uno de ellos pueda estar viviendo, pero es irrelevante en el ámbito de la justicia para estos casos y, en particular, con la posibilidad de que salgan en libertad.
Por lo grave que son los crímenes contra la humanidad, el derecho internacional considera que los autores de estos delitos no pueden recibir el mismo trato que un preso normal. Se prohíbe la liberación anticipada de estos, por la importante señal que representa para la sociedad que los autores de delitos contra la humanidad cumplan su condena. Se reconocen ciertos casos en los que se admite una liberación anticipada, pero bajo estrictos estándares: que los condenados ya hayan cumplido 2/3 de la pena, o 25 años para los condenados a cadena perpetua; y el aporte de información que contribuya al avance de investigaciones en curso. En ese sentido, la edad de los presos no se considera un criterio legítimo para liberarlos.
Definir lo que es justo respecto de personas condenadas por crímenes contra la humanidad, nos obliga a hacer un balance general de la justicia alcanzada respecto de los delitos cometidos, pues así como hay que considerar la humanidad de los condenados y de sus familiares que sufren por su encierro, también debemos considerar la humanidad de las víctimas y sus familias y, también, al conjunto de la sociedad chilena, pues todos, directa o indirectamente, fuimos dañados por los crímenes cometidos, y todos tenemos interés en que ellos no se repitan. La sanción que reciben quienes cometieron estos crímenes no tiene que ver únicamente con el daño que le hicieron a sus víctimas directas, sino el daño que sus acciones representa para nuestra sociedad y a la democracia en general, es decir, a la posibilidad de que todos participemos en igualdad de condiciones de la deliberación sobre el destino de nuestras vidas.
A 26 años del retorno a los gobiernos civiles, las cifras sobre el avance en alcanzar verdad y justicia sobre los crímenes contra la humanidad cometidos es reducido. De las 1.132 víctimas de desaparición forzada, sólo se han encontrado e identificado los restos de 148 de ellas. No existe una política estatal para buscar estos cuerpos. Hasta ahora existen 116 personas cumpliendo condena por violaciones a los derechos humanos, que es un número sumamente bajo, si se considera que la Comisión Valech identificó la existencia de más de 1000 centros de tortura que operaron entre 1973 y 1988. Ninguno de los condenados ha aportado antecedentes sobre los destinos de las víctimas ni los hechos acontecidos. Tampoco el Estado brinda apoyo y protección a las pocas personas que han entregado información. En los casos donde ha existido condenas se han usado instituciones jurídicas contrarias al estándar internacional en la materia, como la media prescripción aplicada a los victimarios, que se utiliza para disminuir las penas, y el cumplimiento de condena en recintos especiales, con mejores condiciones y separados del resto de la población penal. En la misma línea, especial significancia tiene que el dictador haya fallecido en total impunidad.
A esto se suma la grave limitación para conocer la verdad sobre los delitos cometidos que estableció el gobierno de Ricardo Lagos. Se fijó un secreto de 50 años sobre los testimonios de las víctimas recopilados en el Informe Valech, lo que impide que dichos relatos sean conocidos por tribunales y por la sociedad chilena en su conjunto. Esto se ha realizado abiertamente en contra de la voluntad de las agrupaciones de familiares y víctimas, quienes han solicitado reiteradamente que esos antecedentes sean hechos públicos.
En materia de reparación a víctimas sobrevivientes, parte fundamental de alcanzar justicia, la situación también es delicada. Hasta hoy el gobierno continúa faltando a su compromiso sobre el establecimiento de una comisión de calificación permanente que pueda evaluar todos los casos de ex-presos y presas políticas y torturados que no fueron considerados. Igualmente el Programa de Reparación y Atención Integral en Salud (PRAIS) establecido para los supervivientes, tiene crónicos problemas de financiamiento y funcionamiento, derivando en una mediocridad general de las prestaciones entregada que obliga a las víctimas a mantenerse en constante estado de movilización para presionar por un estándar mínimo de utilidad.
Desgraciadamente, no ha sido posible tener un debate constructivo sobre este tema. Al contrario, la ceremonia de perdón ha sido utilizada como parte de una ofensiva mediática para lograr la liberación de los presos de Punta Peuco, y actores de todos los sectores han contribuido a confundir deliberadamente la discusión. Se mezclan distintos planos del debate, homologando circunstancias morales y particulares a efectos jurídicos, presentando a los victimarios como víctimas, a los que supuestamente se les niega misericordia, la que se homologa a justicia. En el mismo acto, se demoniza a las víctimas y sus familiares, presentándolos como indolentes e incapaces de perdonar. Se distorsiona la discusión, pues quien condenó a los presos de Punta Peuco es el Estado, no las víctimas.
Esta ceremonia se celebra precisamente en el contexto de una seguidilla de recursos y solicitudes a los tribunales por beneficios a los condenados. Se trata de una ofensiva del conjunto de personas e instituciones que se beneficia personal, política y económicamente con la impunidad ante los crímenes cometidos, y que busca alterar el débil consenso que como sociedad hemos logrado alcanzar al respecto, a través de la presión ante los tribunales de justicia, el Congreso Nacional, y los medios de comunicación.
Esta posición no se limita a la derecha chilena. A la distorsión del debate ha contribuido abiertamente Jaime Campos (PR), ministro de justicia, al afirmar que “los derechos humanos son válidos para todo el mundo, sin distinción de ninguna especie. Pero pareciese que algunos no lo creen así”, dando a entender que el negar beneficios y libertades a los autores sería una forma de crueldad y falta a los derechos de los presos de criminales condenados por delitos contra la humanidad. En la misma posición está Hugo Dolmestch, presidente de la Corte Suprema, quien señaló que “no debiera haber ninguna diferencia entre una persona condenada y otra”, desconociendo el tratamiento especial que deben recibir este tipo de presos. Ambas afirmaciones están por debajo del estándar mínimo democrático establecido a nivel mundial después de los horrores de la segunda guerra mundial.
Las personas procesadas han contado con todos los derechos que sus víctimas no tuvieron. Se les ha garantizado su seguridad individual y personal, se les ha sometido a juicio con debido proceso, asistencia letrada y han tenido acceso a todos los recursos y acciones que les permiten ver y revisar sus situación jurídica. Ser condenado y cumplir dicha condena no es una violación de sus derechos humanos.
Este escenario, de retroceso de la concepción general que como sociedad tenemos sobre lo que son los derechos humanos, quienes buscamos defender una idea y una práctica sobre los derechos humanos que siente las bases para una sociedad democrática, nos encontramos en una posición muy desfavorecida. A pesar de las lúcidas y valientes palabras y acciones de algunos dirigentes como Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, y otras personalidades como Carmen Gloria Quintana, la realidad es que el conjunto de fuerzas democráticas de este país no hemos tenido la capacidad de frenar la arremetida comunicacional y el avance de la posición de quienes promueven la impunidad.

Es urgente repensar el movimiento por derechos humanos
 desde una perspectiva que ponga en el centro construir una sociedad democrática en su sentido sustantivo. La segmentación de las organizaciones y agrupaciones de familiares y víctimas según el tipo de violencia que el Estado ejerció sobre ellos, las atomiza, y disminuye su efectividad y alcance político. Del mismo modo, no corresponde limitar este movimiento a las víctimas directas de la violencia. La dictadura no buscó asesinar a personas individuales, sino que su propósito fue exterminar a una gran cantidad de dirigentes políticos, quienes representaban el fruto de décadas de trabajo y maduración de vastos sectores de la sociedad chilena (desde sectores medios hasta el mundo popular) por tener pensamiento y proyecto político propio. Exterminarlos fue decirle a la gran mayoría de los chilenos: ustedes no pueden decidir sobre el destino de sus vidas. Más allá de la adhesión a esos proyectos políticos en particular, todo demócrata debe defender con determinación que el Estado chileno busque la verdad sobre los crímenes cometidos, condene a los responsables (ya sean directos o indirectos), repare a las víctimas, y construya una institucionalidad que garantice que los crímenes no se repitan.
Haydee Oberreuter  -  Ex prisionera política
Francisco Arellano   -  Fundación Nodo XXI

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